miércoles, 26 de marzo de 2008

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LA CHAPUZA DEL VIAL DE LA LLANA ¿ES LEGAL?

Desde esta Asociación llevamos mucho tiempo denunciando las actuaciones urbanísticas que se han efectuado en el vial de la Llana, considerando que se ha hecho un daño irreparable al barrio: vial estrecho falta de aparcamientos, no se piensa en zonas para los contenedores de basuras, vidrio, cartón, plásticos y ropas usadas zonas de descanso donde colocar bancos jardines y zonas de esparcimiento así como una zona donde los perros hagan sus necesidades evitando las continuas deposiciones que se ven por las aceras. Las aceras son de unas anchuras de 1,50 mts. pero al poner las farolas hay lugares donde el paso es de 0,86 mts.
Sin embargo y aunque considerando estas actuaciones que el gobierno municipal regulaba y aprobaba eran moralmente reprobables, siempre creímos que estaban dentro de la ley, pero ahora ya no estamos tan seguros de ello.
Ignorando lo que dicen las Ordenanzas Municipales, Normas y Leyes que en cantidad abrumadora nos rigen y controlan nuestras vidas, cual es nuestra sorpresa cuando vemos en TV a representantes de otros municipios informando que para cumplir la Ley de Movilidad van a realizar actuaciones en sus calles para anchar las aceras a 2 mts. que es el mínimo que dicha Ley permite.
Alertados ante estos hechos y recogiendo información hemos podido comprobar que en el Decreto 68/2000 de 11 de abril se publicaba la Normativa sobre Accesibilidad en el entorno urbano, el cual viene a regular el planeamiento, la redacción y ejecución de proyectos de urbanización y determinar los elementos de urbanización.
Dicha Ley contempla que las aceras tendrán una anchura mínima de 2 mts. después de colocar los elementos de urbanización como: señales de trafico, semáforos, papeleras etc. disponiéndose estos en el borde de la acera.
Esta Ley entró en vigor en el año 2.000 por lo que los viales construidos en Urioste (vial de la Llana y bajada hacia el camino de la Manzanera) la tener un ancho de acera de 1,50 mts. y haber colocado las farolas a casi 1/3 del borde no hay una movilidad apropiada con lo que marca esta Ley, por lo que pensamos que se incumple dicha Ley.
Desconocemos los motivos que han llevado a nuestros gobiernos municipales a permitir este posible incumplimiento de la Ley pero podemos apreciar sus consecuencias:
1º Al disminuir 0,5 mts. el ancho de las aceras a lo largo de todas las calles implicadas, supone una cantidad de metras cuadrados de terreno que el pueblo pierde a favor de la especulación urbanística.
2º Tener que andar por las aceras casi en fila india, con dificultad para circular las personas con cochecitos de niños, sillas de ruedas, si llueve y usamos el paraguas originando que muchas personas para evitar los obstáculos que representan las farolas se bajen a la zona de circulación de vehículos con el consiguiente peligro, problemas que la Ley viene a evitar si se cumple.
3º Podemos imaginar un enriquecimiento por parte de los promotores de viviendas al haber vendido este terreno (que la Ley obliga que se destine a acera) a los compradores de las viviendas.
¿Ante esto hechos consumados que podemos hacer?
¿Pedir responsabilidades a nuestros gobernantes municipales?
¿Solicitar que se anchen las aceras recuperando el terreno de lo que tienen las viviendas perjudicando así a sus propietarios?
Sabemos que la mayoría de nuestros gobernantes ignoran lo que significa la palabra responsabilidad y por tanto no la asumen. Y ahora ¿saldrán perjudicados vecinos y vecinas por unas decisiones mal tomadas?
Como el daño ya esta hecho y tiene mala solución lo que se nos ocurre es exigirle al gobierno municipal que actúe ante las promotoras o pongan los medios para que las farolas que están colocadas dentro del paso de las aceras se coloquen en el borde de las aceras y así aunque sin cumplir la Ley las aceras se ancharían pasando a ser su anchura de 1,30 o 1,40 mts.

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