Tras un tiempo sin poder escribir en este blog, vuelvo a hacerlo con las ganas de siempre.
Muchas cosas han sucedido en estas semanas y poco a poco iré poniéndome al día. Comenzaremos con un ejemplo de una de las últimas hazañas del Ayuntamiento en Urioste.
El pasado mes de noviembre se presentaron las alegaciones al Plan Especial de Ordenación Urbana de la UP R-3 Urioste. Entre otras alegaciones presenté la siguiente:
La gestión de las unidades del Suelo Urbano No Consolidado que señala el Proyecto es de un número máximo de 34 viviendas. Según el artículo 80.2 de la Ley 2/2006 de 30 de Junio de Suelo y Urbanismo del País Vasco un 40% del incremento de edificabilidad residencial de cada área de Suelo Urbano No Consolidado ha de reservarse para vivienda protegida, sin que dicha reserva se haya realizado en el PEOU, por lo que debe modificarse y reservar 13,6 unidades con dicho fin, ya que el cumplimiento de esta edificabilidad urbanística mínima se ha de realizar individualmente por cada sector, área o unidad de ejecución.
La solución adoptada como respuesta a esta alegación, en el Pleno extraordinario celebrado el 19 de diciembre de 2.008 y que se me ha notificado el 24 de febrero de 2.009 (más de dos meses) ha sido la siguiente:
Se han eliminado del Plan Especial los ámbitos delimitados como unidades de Ejecución y actuaciones asistemáticas, quedando el desarrollo de los suelos urbanos vacantes a construir mediante Actuaciones aisladas.
Otra de las alegaciones presentada dice así:
El artículo 78 de la Ley 2/2006 de 30 de Junio de Suelo y Urbanismo del País Vasco, establece que las zonas verdes y espacios libres no han de ser inferiores al 15% de la superficie total del sector.
En el punto 5 de la Memoria se señala que la superficie es de 75.000 m2, y en el punto 3 del apartado Calificación del Suelo – Usos Pormenorizados se indican 2.530 m2 correspondientes al Carrejo de bolos. 1.625 m2 de parques infantiles. 655 m2 de zona verde y 1.075 m2 de Plaza Aretxabaleta. Total 5.885 m2, mientras que el 15% de 75.000 es 11.250 m2, con lo que existe un déficit de 5.365 m2 que obliga al Ayuntamiento a declarar una o varias parcelas de Suelo Urbano No Consolidado como espacio libre.
A esta alegación simplemente no hay respuesta, por lo que deberé imaginar que se debe incluir en el párrafo siguiente de la contestación a alegaciones:
El resto de las alegaciones se han desestimado, por que por una parte, por el contenido de las mismas son ajenas a lo previsto en el plan, y por otra parte, por mantenimiento de los criterios de Ordenación del Plan Especial.
Si a esto no se le llama saltarse la ley con mayúsculas, tendremos que estar de acuerdo en que Urioste se ha convertido en un experimento piloto de cómo hacer un Ayuntamiento lo que le de la gana y que no pase nada.
Muchas cosas han sucedido en estas semanas y poco a poco iré poniéndome al día. Comenzaremos con un ejemplo de una de las últimas hazañas del Ayuntamiento en Urioste.
El pasado mes de noviembre se presentaron las alegaciones al Plan Especial de Ordenación Urbana de la UP R-3 Urioste. Entre otras alegaciones presenté la siguiente:
La gestión de las unidades del Suelo Urbano No Consolidado que señala el Proyecto es de un número máximo de 34 viviendas. Según el artículo 80.2 de la Ley 2/2006 de 30 de Junio de Suelo y Urbanismo del País Vasco un 40% del incremento de edificabilidad residencial de cada área de Suelo Urbano No Consolidado ha de reservarse para vivienda protegida, sin que dicha reserva se haya realizado en el PEOU, por lo que debe modificarse y reservar 13,6 unidades con dicho fin, ya que el cumplimiento de esta edificabilidad urbanística mínima se ha de realizar individualmente por cada sector, área o unidad de ejecución.
La solución adoptada como respuesta a esta alegación, en el Pleno extraordinario celebrado el 19 de diciembre de 2.008 y que se me ha notificado el 24 de febrero de 2.009 (más de dos meses) ha sido la siguiente:
Se han eliminado del Plan Especial los ámbitos delimitados como unidades de Ejecución y actuaciones asistemáticas, quedando el desarrollo de los suelos urbanos vacantes a construir mediante Actuaciones aisladas.
Otra de las alegaciones presentada dice así:
El artículo 78 de la Ley 2/2006 de 30 de Junio de Suelo y Urbanismo del País Vasco, establece que las zonas verdes y espacios libres no han de ser inferiores al 15% de la superficie total del sector.
En el punto 5 de la Memoria se señala que la superficie es de 75.000 m2, y en el punto 3 del apartado Calificación del Suelo – Usos Pormenorizados se indican 2.530 m2 correspondientes al Carrejo de bolos. 1.625 m2 de parques infantiles. 655 m2 de zona verde y 1.075 m2 de Plaza Aretxabaleta. Total 5.885 m2, mientras que el 15% de 75.000 es 11.250 m2, con lo que existe un déficit de 5.365 m2 que obliga al Ayuntamiento a declarar una o varias parcelas de Suelo Urbano No Consolidado como espacio libre.
A esta alegación simplemente no hay respuesta, por lo que deberé imaginar que se debe incluir en el párrafo siguiente de la contestación a alegaciones:
El resto de las alegaciones se han desestimado, por que por una parte, por el contenido de las mismas son ajenas a lo previsto en el plan, y por otra parte, por mantenimiento de los criterios de Ordenación del Plan Especial.
Si a esto no se le llama saltarse la ley con mayúsculas, tendremos que estar de acuerdo en que Urioste se ha convertido en un experimento piloto de cómo hacer un Ayuntamiento lo que le de la gana y que no pase nada.
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